Decomisan 31 aves nacionales en el corregimiento de Guadalupe en La Chorrera

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Mediante una denuncia sobre tenencia de fauna silvestre, personal de la Sección de Áreas Protegidas y Biodiversidad de la Dirección Regional del Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) de Panamá Oeste, en coordinación con el personal Dirección de Inteligencia Policial, Dirección Nacional de Investigación Judicial (DIJ), Policía Ambiental Rural y Turística, realizaron el decomiso de 31 aves nacionales.

 

Zuleyla Toribio Madrigal, bióloga de la sección de Áreas Protegidas y Biodiversidad de MiAMBIENTE Panamá Oeste, explicó que las especies eran mantenidas en 19 jaulas, en una residencia ubicada en el corregimiento de Guadalupe, distrito de La Chorrera.

 

Añadió, que al infractor se le explicó que la extracción ilícita de estos ejemplares de su hábitat natural, pone en peligro el delicado equilibrio que propicia la existencia de los ecosistemas, incidiendo en la extinción y reducción de las especies silvestre.

 

Además, puede provocar en los animales afectaciones, hasta sufrir lesiones que pueden resultar mortales, tales como: fracturas, pérdida de extremidades, golpes internos y aturdimiento, pérdida de la visibilidad, entre otras.

 

Las especies mantenidas en cautividad, pueden quedar expuestas a contraer enfermedades, dada su condición de ser animales silvestres, están sometidas a mucho estrés por el encierro o exceso de ruido o intento de manipulación; por lo que se hace imposible que una persona pueda retribuir todas las necesidades que requiera la especie estando en cautiverio, acotó Toribio.

 

Por este delito ecológico se le levantó un proceso administrativo para el trámite correspondiente donde se procedió a citar al responsable a las oficinas de Asesoría Legal de MiAMBIENTE Panamá Oeste para que presenten su descargo.

Los ejemplares se encontraban en óptimo estado por lo que fueron liberados en el Área K6 Cocolí, Polígono de Tiro Emperador.

Cabe destacar, que estas especies se encuentran protegidas por normativas ambientales como: Ley 24 de 1995 “Por la cual se establece la legislación de vida silvestre República de Panamá y se dictan otras disposiciones” (G.O.22801). “En su Capítulo IV De La Conservación De La Vida Silvestre, establece en el Artículo 38. Se prohíbe, en todo el territorio nacional, la captura, recolección, transporte y comercio de las especies silvestres, productos y subproductos, partes y derivados, con excepción de lo que disponga técnicamente el Ministerio de Ambiente con base en los estudios previamente realizados” “Artículo 43. La autoridad competente dispondrá, a su criterio, de los especímenes productos y subproductos, partes y derivados de la vida silvestre, que hayan sido obtenidos sin los permisos correspondiente o adquiridos de cualquier otra forma no contemplada en esta Ley”

 

Decreto 43 de 2004 que reglamenta la ley 24 de 7 de junio de 1995 y dicta otras disposiciones (G.O. 25091).
En su Capítulo II Descripción de las Contravenciones en su acápite b establece que la tenencia en cautiverio de animales silvestres, de CIEN BALBOAS (B/. 100.00) a DOS MIL BALBOAS (B/.2,000.00, o prisión de tres (3) a seis (6) meses, y el decomiso de los animales.

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