MIAMBIENTE ANUNCIA NUEVAS TARIFAS POR EL USO DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES QUE OFRECEN LAS ÁREAS PROTEGIDAS

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Posterior al proceso de consultas públicas a lo largo del país, el Ministerio de Ambiente anuncia las nuevas tarifas establecidas en la Resolución No DM -0182-2020 promulgada en Gaceta Oficial el miércoles 12 de agosto 2020, que comenzarán a regir a los 60 días calendario, luego de ser decretada la reapertura de las áreas protegidas de conformidad con el criterio de las autoridades sanitarias.

Los precios se han establecido tomando en cuenta a la población panameña, residente y extranjera con tarifas accesibles en función de una oferta cónsona de servicios de atención del visitante, desde la reserva de su estancia hasta concluir su visita.

El ministro de Ambiente, Milciades Concepción, informó que el restablecimiento de las tarifas de admisión apoyará los programas de mejora de las infraestructuras de atención a visitantes (senderos, merenderos, centros de visitantes, miradores, otros), el uso de aplicaciones tecnológicas para la reserva y pago en línea, la generación de contenido de interpretación de interés, a la vez que se destinarán recursos para protegerlas.

Las tarifas incluyen el cobro por admisión general, la cuales varían de acuerdo con el grupo al que pertenezca el área protegida. De igual manera, se establecen tarifas para las siguientes actividades: alojamiento, acampar, anclaje y grabaciones de video, material cinematográfico, audio y/o fotografía con fines comerciales y publicitarios en áreas protegidas. La Resolución No DM -0182-2020 incluye una exoneración que se aplica a grupos de estudiantes, comunitarios y personas con alguna discapacidad.

Cabe destacar que, en diciembre de 2017, se eliminó el cobro de la tarifa de admisión general por persona y acampamiento en las áreas protegidas del país, dejando de percibir B/. 741,534.00 en el año 2018 y B/. 681,757.00 al primer semestre del 2019 afectando directamente la disponibilidad de recursos económicos para las inversiones en conservación y manejo que es necesario realizar en estos lugares.

Datos al editor

Las áreas protegidas de Panamá fueron declaradas como bienes de dominio público del Estado por medio de la Ley 8 que creó el Ministerio de Ambiente, son esenciales para el país al cumplir un sinnúmero de funciones ecológicas y ambientales, entre

estas albergan la flora y la fauna, su hábitat, protegen los suelos, el agua y son parte fundamental del patrimonio natural y cultural del país.

Juntas conforman un sistema nacional llamado SINAP, fuente de bienes y servicios ambientales que a través de su uso racional contribuyen con la economía local y regional. Son laboratorios vivientes para investigación y educación. Frente a los cambios climáticos, protegen a comunidades humanas contra las inundaciones, sequías y otros desastres llamados “naturales”, y suministran agua a las ciudades y pueblos

 

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