COMUNICADO- Sobre fondo especial de Coiba

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El Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba es el ente de Gobernanza para el manejo, protección y conservación del Parque. En el cumplimiento de la Ley 44 de 2004 “Que crea el Parque Nacional Coiba y dicta otras disposiciones”, el Ministerio de Ambiente quien preside el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba, ha convocado recientemente a una reunión de su miembros para evaluar este y otros temas. Sin embargo, por la situación que atraviesa el país, en especial la provincia de Veraguas, nos vimos en la necesidad de suspender dicha reunión.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley No. 44 de 2004, el Fondo del Parque Nacional Coiba, se crea con el objeto de cumplir con las finalidades del área protegida, como fondo incorporado, no sujeto a los principios de la caja única del Estado. Así mismo, el artículo 26 de la referida Ley dispone que estos recursos estén bajo el control del Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba y la supervisión de la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo establecido en las normas al respecto.

Durante años, el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba, ha realizado las gestiones pertinentes con la finalidad de alcanzar la operatividad y ejecución del fondo e identificar el mecanismo financiero más idóneo, sin obtener un resultado favorable.

Es de interés del Ministerio de Ambiente en conjunto con el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba, reglamentar el Fondo para su implementación y ejecución de conformidad con la normativa vigente.

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