Comunicado: Se restablece capacidad de carga del Parque Nacional Coiba

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El Ministerio de Ambiente considerando que se han flexibilizado las medidas de bioseguridad en torno a las actividades recreativas y turísticas, las cuales estimulan la reactivación económica del país, ha determinado restablecer la capacidad de carga establecida en el Plan de uso público y Plan de manejo del Parque Nacional Coiba, previa a la Pandemia por el COVID-19.

Exhortamos a los visitantes a cumplir con buenas prácticas dentro del área protegida, incluyendo las siguientes medidas:

1. Previo a la visita al PN Coiba, deberá realizar una reserva con un mínimo 72 horas, al correo electrónico: pnislacoiba@miambiente.gob.pa, esto facilitará el control del número de visitantes por día en el área protegida. El visitante podrá dar seguimiento a su reserva a través del teléfono 500-0855 extensión 6418 oficina del PN Coiba.

2. El horario de visitación al PN Coiba es de lunes a domingo de 8:00 a.m. a 3:00 p.m., saliendo de los sitios de zarpe establecidos (Puerto Mutis, Playa Banco y Santa Catalina).

3. Deberá cancelar previamente los costos de entrada y otros servicios ambientales que ofrece el área protegida, a través de pago en línea, depósito o transferencia bancaria a la cuenta del Ministerio de Ambiente. Una vez el pago sea efectuado por banca en línea o por depósito en el Banco Nacional, el visitante deberá mostrar el comprobante de pago al personal del Ministerio que se encuentra en Gambute.

Nombre de la cuenta: Ministerio de Ambiente – Fondo de Ingreso
Número de cuenta: 10000163794
Tipo de cuenta: cuenta corriente del Banco Nacional

4. Cada operador de transporte marítimo, será responsable de llenar una hoja de registro y deberá entregar una copia en la Sede Administrativa de Gambute. Este registro incluirá los siguientes datos:
• Nombre del tripulante
• Cédula de identidad personal o pasaporte
• Edad
• Nacionalidad
• Número de teléfono de contacto
• Nombre de la empresa o tour operador
• Datos del capitán y ayudante y las generales de la embarcación.

5. Toda embarcación de transporte marítimo, previo a su recorrido en el área protegida deberá dirigirse como primer punto a la Sede Administrativa de Gambute, para entregar la hoja de registro. El guardaparque o personal de turno deberá informar sobre los sitios de visita disponibles para realizar el recorrido.

6. Para las actividades de observación de cetáceos se deberá cumplir con la normativa vigente , que establece la Reglamentación de la actividad de avistamiento de Cetáceos en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá. VER AQUÍ 

7. Los sitios de visita son los siguientes:
• Sede Administrativa Gambute
• Canales de Afuera
• Playa Machete
• Isla Cocos
• Isla Ranchería
• Isla Frijoles
• Sendero Los Monos
• Sendero Gambute
• Sendero Mirador

IMPORTANTE: 

  • De requerir mayor información agradecemos comunicarse al Departamento de Ecoturismo al 500 0855 ext. 6167 o al correo electrónico alopez@miambiente.gob.pa
  • Para conocer más sobre las regulaciones de ingreso y otras actividades en esta área protegida puede acceder a las siguientes resoluciones:

RESOLUCIÓN DM-01-44-2022

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RESOLUCIÓN No. AG- 0189- 2008

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